OBJETIVOS
- Revisar y evaluar las exposiciones de riesgos dentro de los niveles que la cooperativa está dispuesta a asumir, según las políticas establecidas para afrontar los distintos riesgos a los que se expone en su gestión de negocios, incluyendo la calidad y el perfil de los activos crediticios, la exposición a los riesgos de mercado y el análisis de los riesgos de operaciones, los cuales consideran los riesgos legales de productos que ofrece la cooperativa.
- Observar que las políticas, procedimientos y controles internos para la evaluación de la administración integral de riesgos sean cónsonas con las normas existentes o las mejores prácticas de administración de riesgos del sistema financiero.
- Verificar que la Cooperativa cuente con una metodología apoyada en sistemas de información, para monitorear los riesgos a los que se enfrenta.
- Apoyar a la Dirección de Administración de Riesgos en todas las funciones asignadas para que las mismas sean ejecutadas según el Plan Anual de Trabajo establecido en la Cooperativa.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
- Dar seguimiento a las exposiciones a riesgos y comparar dichas exposiciones frente a los límites de tolerancia aprobados por la Junta de Directores. Entre otros aspectos que estime pertinentes, el comité de riesgos debe referirse al impacto de dichos riesgos sobre la estabilidad y solvencia de la Cooperativa.
- Recibir, analizar y pronunciarse sobre cada uno de los puntos que contenga el informe mensual presentado por la dirección de riesgos.
- Presentar a la Junta de Directores un informe mensual sobre las actividades realizadas por el Comité.
- Mantener las actas de las reuniones del Comité al día e informar al resto de la Junta de Directores de aquellos aspectos más significativos.
- Reportar a la Junta de Directores los resultados de sus valoraciones sobre las exposiciones al riesgo de la Cooperativa.
- Desarrollar y proponer procedimientos y metodologías para la administración de los riesgos.
- Avalar límites, estrategias y políticas que coadyuven con una efectiva administración de riesgos, así como definir los escenarios y el horizonte temporal en los cuales pueden aceptarse excesos a los límites o excepciones a las políticas, los cuales deberán ser aprobados por la Junta de Directores, así como los posibles cursos de acción o mecanismos mediante los cuales se regularice la situación.
- Proponer planes de contingencia en materia de riesgos los cuales serán sometidos a la aprobación de la Junta de Directores.
- Mantener actualizado este Reglamento Interno y gestionar la aprobación por parte de la Junta de Directores.
- Cumplir las funciones y requerimientos que le establezca la Junta de Directores.
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
El Comité de Riesgo estará conformado por dos (2) miembros de La Junta de Directores y un (1) delegado hábil designado mediante acuerdo de la Junta de Directores. Le apoyará el Oficial de Riesgos y el Director de Administración de Riesgo, Cumplimiento y Control Interno.